El Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) entró en vigor en mayo de 2016 y será aplicable el 25 de mayo de 2018.
En este periodo transitorio y aún cuando siguen vigentes las disposiciones de la Directiva 95/46, la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) y otras normas nacionales aplicables, debemos ir adoptando las medidas necesarias para estar en condiciones de cumplir con las obligaciones que en él se recogen.
El RGPD es una norma directamente aplicable que no requiere de trasposición ni tampoco de normas de desarrollo o aplicación. No obstante, la ley que sustituirá a la actual LOPD sí podrá incluir algunas precisiones o desarrollos en materias en las que el RGPD lo permite.